COMITÉ DE VIGILANCIA
El Comité de Vigilancia es un organismo de control social encargado de asegurar el adecuado funcionamiento y la gestión eficiente de la cooperativa.
Le corresponde el examen y fiscalización de todas las cuentas y operaciones realizadas por la cooperativa e informar lo que corresponda ante la Asamblea.
COMITÉ DE VIGILANCIA
El Comité de Vigilancia es un organismo de control social encargado de asegurar el adecuado funcionamiento y la gestión eficiente de la cooperativa.
Le corresponde el examen y fiscalización de todas las cuentas y operaciones realizadas por la cooperativa e informar lo que corresponda ante la Asamblea.
¿Quiénes lo conforman?
El Comité de Vigilancia estará integrado por un total de 5 miembros propietarios y 2 miembros suplentes será elegido en Asamblea por un período de dos años, pudiendo ser reelectos sus miembros.
¿Cómo se elige?
El Comité de Vigilancia es elegido por los delegados durante una Asamblea General a través de un proceso de elección democrática.
La Asamblea General, también tiene la facultad de destituir a cualquier miembro elegido si este incurre en alguna falta disciplinaria o administrativa.
¿Quiénes pueden pertenecer al Comité de Vigilancia?
Para ser miembro del Comité de Vigilancia se requiere:
a. Que sea asociado de la cooperativa en pleno goce de sus derechos
b. Saber leer y escribir.
c. Estar presente en la Asamblea en que los elijan salvo casos justificados.
d. Estar libres de antecedentes delictivos.
¿Cuáles son las funciones del Comité de Vigilancia?
Son atribuciones del Comité de Vigilancia las siguientes:
a. Comprobar la exactitud de los balances e inventarios de todas las actividades económicas de la cooperativa ajustándose a lo indicado en el artículo 49 de la ley 4179 y sus reformas.
b. Cerciorarse de que todas las actuaciones del Consejo de Administración, el Gerente y los Comités estén de acuerdo con la ley, los Estatutos y Reglamentos denunciando ante la Asamblea cualquier violación que se cometa.
c. Verificar mensualmente el estado de caja y Banco.
d. Solicitar al Gerente la convocatoria a Asamblea para resolver problemas relacionados con el campo de sus actividades.
e. Proponer a la Asamblea la exclusión de los funcionarios o asociados que hayan cometido actos lesivos a los intereses de la cooperativa. Los cargos deberán ser debidamente fundamentados por escrito.
f. A efecto de cumplir adecuadamente con sus funciones, podrá solicitar al Consejo de Administración la contratación de personal técnico en contabilidad por cuenta de la cooperativa.
g. Entregar anualmente los Estados Financieros debidamente dictaminados por un Contador Público autorizado a los Asociados o delegados.
CONOZCA SUS INTEGRANTES
Licda. Rosa Torres Cerdas
PRESIDENTE
Licda. Rosa Torres Cerdas
PRESIDENTE
Lic. Carlos Porras
Blanco
VICEPRESIDENTE
Ing. Rebeca Acuña González
SECRETARIA
Sr. Helbert Cerdas Araya
VOCAL I
Sr. Jorge Porras Espinoza
VOCAL II
Sra. Gaudy Fernández
Mora
SUPLENTE I
Licda. Verónica Montero Hidalgo
SUPLENTE II
Contacto: comitevigilancia@coopehospini.com